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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Claustro de profesores

 

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El personal docente/claustro de profesores del centro lo forman 9 maestros y maestras. Según el catálogo, la dotación de puestos de trabajo es la siguiente:

 

Especialidades
E. Infantil
E. Primaria
EF
MU
FI
PT
AL
TOTAL
Puestos
1
1
1*
1*
1
1*
1*

                    

                     7    

Definitivos
1
1
0*
0*
1
1*
1*
 
5
Interinos
0
0
 
1
 
1
0
0
0
2
TOTAL
1
1
1
1
1
1
1
7

 

(Los puestos marcados con * son itinerantes)

  • Educación Física itinera con Higuera de la Serena (15 km).
  • Música itinera con Campillo de Llerena (10 km).
  • Pedagogía Terapéutica itinera con Campillo de Llerena (10 km).
  • Audición y Lenguaje itinera con Campillo de Llerena (10 km).

 

CLAUSTRO DE PROFESORES

 

El Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el centro.

Son competencias del Claustro:

a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual.
b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.
c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores.
g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos.
h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.
k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro.
l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.
ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque la Directora o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.

Equipo Directivo

 

DIRECTOR

Francisco José Gallardo Muñoz

 

El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

   

Organización

ÓRGANOS DE GOBIERNO

    Establecidos y formados según las directrices del Real Decreto 82/1.996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria ( B. O. E. de 20 de febrero), funcionan en este Centro los siguientes órganos:

  • Colegiados: Consejo Escolar y Claustro de Profesores
  • Unipersonales: Director
  • Coordinación docente: tutores.

Horarios

  

    El horario general del Centro abarca desde las 09:00 hasta las 14  horas y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro que es de lunes a jueves hasta las 15:00 h. Entrada para los docentes desde las 08:45 h. A partir del mes de octubre, la tarde de obligada permanencia en el centro será el lunes, siendo ésta desde las 14 h. hasta las 16:45 h.

HORARIO GENERAL DEL CENTRO

HORARIO DE MAÑANA

HORARIO DE TARDE LUNES

ENTRADA

RECREO

SALIDA

ENTRADA

SALIDA

9.00
12,0-12,30
14,00
15,00
16,45

SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 

Al no haber AFC, los tutores harán la tarde del Lunes de 15:00h a 16:45h.

La entrada de los docentes, será de lunes a viernes a las 08:45 h.

 

    La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectiva comienza a las 15,00 h. y termina a las 16,45 horas. En este centro educativo no se llevan a cabo las AFC (Actividades Formativas Complementarias).
   En la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30 horas para el alumnado de Educación Primaria y para Educación Infantil. La sexta hora de obligada permanencia en el Centro, se llevará a cabo desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas de lunes a jueves y una tarde de 15 a 16:45 h. horas. La hora dedicada a la acción tutorial en relación con los padres será los lunes de 15 a 16 h.  Para la distribución del horario de esta sexta hora se tendrá en cuenta lo previsto en la Norma reguladoras del funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria(Real Decreto 82/1.996,). Dentro de este horario general los distintos Equipos de Ciclo distribuyen las distintas Áreas atendiendo a la normativa vigente (Orden de 27 de abril sobre implantación de la Educación Primaria).